Imputaron a la empresa NuSkin por publicidad falsa y engañosa

La empresa NuSkin encargada de vender productos de belleza y el cuidado de la piel de la cual muchas famosas como Cinthia Fernández, Jujuy Jiménez, Julieta Nahir Calvo y otras se encargaban de promocionar en sus redes, fue imputada hace unas horas por La Secretaría de Comercio Interior de la Nación por brindar información falsa y engañosa para la promoción y venta de sus productos.

El organismo dependiente del Ministerio de Desarrollo Productivo actuó de oficio tras verificar que la firma realizaba anuncios que inducían al engaño y la confusión, acción que incurre en la violación a la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor.

Según la imputación, la compañía habría incumplido con el deber de suministrar en forma cierta y objetiva información veraz sobre los productos que comercializa. El modelo de venta se presenta como salida laboral, cuando en realidad era un esquema piramidal o multinivel, donde no hay ingreso seguro pero sí se requiere que la vendedora/promotora realice una inversión inicial. Y además se premia si se consiguen más vendedores dispuestos a invertir.

A partir de la investigación que realizó el organismo se determinó que el modelo de negocios de la empresa consiste en comercializar un catálogo de productos promocionados por “influencers” -personas con alto grado de exposición en las redes sociales-, que venden directamente a los clientes y, con ello, obtienen un margen de ganancia.

En caso de vender los productos a través de su sistema de oferta personal, promete la posibilidad de ganar un bono minorista. Estos ofrecimientos aportan confusión e inducen a engaño ya que para incorporarse al mecanismo de venta de la empresa, se debe abonar una suma de dinero inicial que, en muchos casos, supera los $ 20.000.

También la firma fue imputada por publicidad engañosa ya que promete que sus productos garantizan una “juventud duradera”. Además, la promoción se hace a través de su página web, Facebook y mediante la utilización de influencers, lo cual vulnera la obligación de brindar atención y dar trato digno y equitativo a los consumidores.

Por otro lado, la empresa establece cláusulas abusivas en su contrato ya que si el consumidor tuviese algún problema se le induce a reclamar en el estado de Utah, Estados Unidos. Esto está prohibido por la legislación argentina.